Los trabajadores de toda empresa en Bolivia deben aportar al Sistema Integral de Pensiones SIP de acuerdo al salario mensual que perciben, según lo establece la Ley 065. No corra riesgos a la hora de efectuar sus aportes al SIP, a continuación le presentamos una orientación de lo que es, los montos de contribución y la importancia de aportar al SIP.
1. Antes debe conocer
¿Qué es el total ganado?
El Total Ganado es la suma de todas las remuneraciones mensuales de un Asegurado, que provienen de contratos laborales, antes de deducir impuestos.
¿Cuál es el máximo total ganado para la cotización al SIP?
El máximo Total Ganado para la cotización es equivalente a sesenta (60) veces el salario mínimo nacional vigente.
Se aplica a partir del mes siguiente al de vigencia de la disposición legal que modifique el salario mínimo nacional, sin efecto retroactivo.
¿Qué son las contribuciones?
Son los aportes, primas y comisiones.
Aportes: Son el conjunto de cotizaciones mensuales, cotizaciones adicionales, el aporte solidario del asegurado, el aporte nacional solidario y el aporte patronal solidario
Primas: Son el porcentaje del Total Ganado o Ingreso Cotizable destinado a la cobertura de los seguros de Riesgo Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral.
Comisiones: Son los montos de dinero pagados en favor de la Gestora Pública de la Seguridad Social de largo plazo, en calidad de contraprestación por servicios prestados.
¿Qué es la cotización mensual?
Es la cotización del 10% del Total Ganado del Asegurado, con destino a la Cuenta Personal Previsional.
¿Qué es la cotización adicional?
Es el monto que los Asegurados pagan en forma voluntaria y adicional a su Cotización Mensual, con destino a su Cuenta Personal Previsional.
Esta cotización no tiene límite alguno y por tanto las AFP’s están autorizadas a recibir Cotizaciones Adicionales sin restricción de topes mínimos, ni máximos.
¿Cuánto aporta el empleado sin relación de dependencia laboral (independiente)?
Un Asegurado Independiente aporta un total de 14.42% de su Ingreso Cotizable de acuerdo al siguiente detalle:
10% del Ingreso Cotizable por concepto de Cotización Mensual, con destino a la Cuenta Personal Previsional del independiente.
1.71% del Ingreso Cotizable por prima con destino al seguro de Invalidez y Muerte causados por Riesgo Común.
1.71% del Ingreso Cotizable por prima con destino al seguro de Invalidez y Muerte causados por Riesgo Laboral.
0.5% del Ingreso Cotizable por el concepto de comisión de administración para la GPS.
0.5% del Ingreso Cotizables por concepto del aporte solidario del Asegurado con destino al Fondo Solidario.
En caso de declarar un Ingreso Cotizable mayor a Bs. 13,000 deberá aportar según corresponda el 1%, 5%, 10% por concepto de aporte nacional solidario
¿Cuál es el tratamiento para los consultores?
Los Consultores s encuentran obligados a contribuir como Asegurado Independiente pagando la Cotización Mensual, el Aporte Solidario del Asegurado, la prima por Riesgo Común, la prima por Riesgo Laboral y la Comisión, deducidas del Total Mensual en caso de Consultores por línea. En caso de tener un ingreso mayor a Bs. 13,000 deberá aportar según corresponda el 1%, 5%, 10% por concepto de aporte nacional solidario
Para los Consultores por Producto, las contribuciones señaladas en el punto 1, se realizarán mensualmente sobre el monto resultante de dividir el monto total del contrato entre la duración del mismo.
Los contratantes tienen la responsabilidad de exigir el comprobante de las contribuciones antes de efectuar los pagos establecidos en su contrato.
¿Cuánto aportan las personas extranjeras con relación de dependencia laboral en el sip?
Aportan como un dependiente normal.
¿Qué es el periodo de cotización?
Es el periodo o mes por el cual se está efectuando el pago de contribuciones al SIP, independientemente de la fecha de pago.
2. Beneficios del Sistema Integral de Pensiones
Pensión por Vejez: Consiste en el pago de la pensión mensual de por vida que recibe el Asegurado, y a su fallecimiento el pago de Gastos Funerarios y las pensiones mensuales por Muerte que correspondan a los Derechohabientes.
Pensión Solidaria de Vejez: Consiste en el pago de la pensión solidaria mensual de por vida que recibe el Asegurado, y a su fallecimiento el pago de Gastos Funerarios y las pensiones mensuales por Muerte que correspondan a los Derechohabientes.
Pensión por Invalidez: Es el pago mensual que se otorga al Asegurado con incapacidad parcial o total, calificada como consecuencia de un accidente o enfermedad, hasta que cumpla los 65 años o hasta su fallecimiento si ocurriera antes de la edad mencionada.
Retiros Mínimos: Consiste en pagos mensuales hasta que se agote el Saldo Acumulado en la Cuenta Personal Previsional del Asegurado.
Pensión por Muerte: Es el pago mensual que reciben los Derechohabientes del Asegurado fallecido, de acuerdo al porcentaje que les corresponda.
Gastos Funerarios: Es un beneficio que otorga el Sistema Integral de Pensiones, a la persona que acredite haber efectuado el pago del sepelio del Asegurado, al fallecimiento de este. Consiste en un pago único de Bs. 1.800.- (Un mil ochocientos 00/100 Bolivianos). El plazo para el pago es máximo treinta días (30) días calendario de recibida la solicitud.
Masa Hereditaria: Es la modalidad de devolución en un solo pago del Saldo Acumulado en la Cuenta Personal Previsional de un Asegurado fallecido sin Derechohabientes con derecho a pensión, o cuyos Derechohabientes no hubieran solicitado pensión dentro de los 36 meses posteriores al fallecimiento del Asegurado; o a la devolución por pensiones o prestaciones no cobradas por el Asegurado hasta su fallecimiento.
Retiros Temporales: Son los retiros totales o parciales que puede realizar el Asegurado del Saldo Acumulado en su Cuenta Personal Previsional por las siguientes contribuciones:a) Cotizaciones Mensuales realizadas como Trabajador Estacional o como Asegurado Independiente. b) Cotizaciones Adicionales realizadas por el Asegurado Dependiente.
3. Declaración para contribución SIP
¿Dónde declara el empleador las contribuciones de sus dependientes?
En el formulario de pago de contribuciones al SIP
¿Cómo se debe presentar el FPC al SIP?
Las instrucciones para el llenado del FPC al SIP se encuentran al reverso del formulario.
Los datos de la cabecera del FPC al SIP, datos generales y datos de la empresa, deben ser llenados completamente.
El FPC al SIP no tiene validez si se encuentra con borrones, tachaduras o correcciones.
Cuando el número de dependientes sea mayor a 10, se deberá adjuntar al FPC al SIP las planillas adicionales.
¿Cómo debe llenar correctamente los datos de identificación de sus dependientes?
En el FPC al SIP los datos de Identificación se encuentran en la sección:
El empleador debe llenar el campo 15 con el Número Único Asignado que se otorga a toda persona para quedar registrada a una AFP. Si en el FPC al SIP no se consigna el número de Documento de Identidad o está incorrecto, no se podrán acreditar los aportes del trabajador en su Cuenta Personal Previsional, se acreditarán en Rezagos y por lo tanto dichos aportes no figurarán en el Estado de Ahorro Previsional.
¿Qué debe hacer si un empleado no tiene NUA/CUA?
El empleador debe contactarse con la AFP para que envíe un promotor a la empresa boliviana con el fin de registrar al trabajador.
¿Cómo se debe llenar correctamente los datos generales del asegurado?
En el FPC al SIP los datos generales del Asegurado se encuentran en la sección:
Se debe consignar un solo dato por casilla de acuerdo a la información del Documento de Identidad.
¿Cómo se debe llenar correctamente las casillas de total ganado?
Para poder asignar los datos a las casillas correspondientes tomaremos en cuenta el siguiente ejemplo:
Para su respectiva declaración en: III DETALLE DE CONTRIBUCIONES, PRIMAS PARA EL SIP
¿Cómo se llena correctamente el resumen de contribuciones del SIP en el FPC ?
De acuerdo al cuadro anterior en la sección:
¿Cuál es la importancia de llenar correctamente el FPC al SIP?
Permite que la AFP acredite correctamente los aportes de los Asegurados.
Evita reclamos posteriores de los trabajadores.
Permite que la Cuenta Personal Previsional de los Asegurados reflejen el descuento de las boletas de pago.
Evita el cobro de intereses y recargos a los empleadores.
Evita el inicio de proceso coactivo de la Seguridad Social contra el empleador y sus consecuencias (congelamiento de cuentas bancarias, embargo y remate de bienes, etc).
¿Cómo se debe pagar las contribuciones al SIP?
En efectivo
O con cheque visado
¿Cuál es el plazo que tiene el empleador para pagar las contribuciones al SIP?
Hasta el último día hábil del mes siguiente de devengado el salario de sus trabajadores.
El plazo de pago para independientes quinto día hábil del mes.