La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) demandó ayer al Gobierno suspender cualquier consideración del proyecto de Ley de Creación de Empresas Sociales mientras no se cuente con un nuevo Código de Comercio que garantice sus derechos constitucionales.
El presidente de la CEPB, Ronald Nostas, hizo este pedido durante la reunión con el presidente del Senado, José Alberto Gonzáles, cuando revisaron el proyecto de ley que tenía por objeto convertir en empresas sociales aquellos emprendimientos que quebraran o tuvieran deudas por más de tres meses. Gonzales, por su parte, dijo que su equipo técnico elaborará una nueva propuesta para el próximo martes.
Nostas dijo que se argumentó constitucionalmente que el documento que impulsa el Gobierno viola derechos del sector y que incluso va contra la Constitución Política del Estado (CPE), que garantiza la libre empresa.
“Sobre esa base, hemos pedido que esta ley pueda postergarse hasta que se apruebe el nuevo Código de Comercio. Creemos que no es el momento de (debatir) esta ley y que no responde a los objetivos trazados. Hemos pedido que se cancele la discusión de esta ley hasta que tengamos un trabajo serio, profundo, donde se garanticen los derechos de las partes”, dijo Nostas.
El lunes pasado, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto en sus dos instancias, en grande y en detalle, y lo remitió al Senado para su revisión y sanción, pero esto generó una ola de críticas del empresariado boliviano, que acusó al Gobierno de un intento de confiscación de propiedades.
El presidente Evo Morales negó que exista la intención de confiscación y “aclaró” que los obreros que quieran consolidar una empresa social en base a una privada tendrán que compensar al propietario. Esta aclaración, sin embargo, no aparece de forma explícita en el texto.
De cualquier manera, conocidas las declaraciones de Morales, el Senado suspendió el tratamiento e invitó a los empresarios a revisar el contenido.
La nueva norma, impulsada por la Confederación de Fabriles de Bolivia, es, a decir de Nostas, una medida “inconsulta y que definitivamente afecta al bienestar de las empresas y lleva a una posibilidad confiscatoria. “Me ratificó que esta ley es así, nosotros pues obviamente nos vamos a oponer plenamente y seguir en estado de emergencia mientras no tengamos una respuesta favorable”, dijo.
Por su parte, el presidente de la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo (Cainco) de Santa Cruz, Jorge Arias, afirmó que el proyecto emite un mal mensaje, de confusión a todos los sectores productivos del país que tienen una responsabilidad con el desarrollo productivo y económico de Bolivia.
“Esta ley, a mi criterio, es una confusión, no es posible que se esté legislando la creación de empresas sociales de una sola manera, en base de la quiebra de las empresas existentes. Creo que eso merece una reflexión profunda del Gobierno”, señaló.
El presidente del Senado, José Alberto Gonzales, dijo que se escuchó y tomó nota de las observaciones e inquietudes de los empresarios e informó que los equipos técnicos de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), en coordinación con el órgano Ejecutivo, trabajarán en una nueva propuesta que luego será analizada con los empresarios privados.
El senador explicó que los empresarios, anteriormente hicieron llegar una serie de observaciones por escrito y que todo ello se trabaja para ver las modificaciones que se pueden realizar al documento aprobado en Diputados y que todos los cambios se socializarán con los sectores involucrados, en este caso también los trabajadores, para definir un proyecto final. “La idea es que el martes en la mañana nos reunamos para evaluar las propuestas y una vez que se llegue a un consenso que se vaya a socializar en otros ámbitos la pertinencia de hacer modificaciones”, sostuvo.
Nostas calificó la reunión con Gonzales como un diálogo franco y sincero, en el que el sector privado pudo exponer ampliamente y con fundamentos legales su rechazo al proyecto de ley que plantea que los trabajadores se apropien de empresas declaradas en quiebra.
Podrán constituirse en empresas sociales en los siguientes casos:
a) Cuando existan empresas en proceso de quiebra, concurso o liquidación, conforme a lo previsto en el Código de Comercio.
b) Cuando los procesos de quiebra, concurso o liquidación de una empresa hubieran concluido, conforme a lo previsto en el Código de Comercio.
c) Cuando exista cierre o abandono injustificado de una empresa privada.
II.- Únicamente podrán constituirse en empresas sociales las actividades privadas, en las que emerjan las causales previstas en parágrafo anterior.
I.- Se entenderá que existe cierre de empresa cuando el empleador proceda al retiro masivo y de modo repentino de trabajadores, la huida del país del empleador, el cierre intempestivo de la empresa sin haber seguido el procedimiento de lock out.
II.- Se entenderá el abandono injustificado de una empresa el incumplimiento por parte del empleador en:
a) El pago de obligaciones pecuniarias propias del funcionamiento de una empresa por el lapso de tres (3) meses continuos, comprendiéndose dentro de las mismas al pago de salarios, pago de aportes a la seguridad social a corto y largo plazo.
b) La suspensión o disminución paulatina de las actividades productivas.
III.- Se excluyen de los conceptos anteriores, las empresas que, por su actividad y naturaleza, suspendan su trabajo en ciertas temporadas del año.