El 83% del volumen de facturación en el país se transa de manera electrónica bajo las modalidades computarizada, electrónica web y electrónica por ciclos, según datos del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).
En 2014 la entidad publicó la Resolución de Directorio 10-0025-14 que reglamentó el Sistema de Facturación Virtual (SFV), pero una nueva resolución, la 10-0025-14, modificó la anterior y fijó el 1 de enero de 2016 para que el mismo entre en vigencia en el país.
Desde entonces y hasta 2017 se contabilizaron 8.715 contribuyentes que optaron por el empleo de la facturación computarizada, nueve en electrónica web y 11 en electrónica por ciclos, informó el SIN.
El volumen de facturas en el país asciende a unos 400 millones, de los cuales más de 320 millones son electrónicas, y el resto manuales.
Con el SFV, la modalidad computarizada facilita que en el software del contribuyente se puedan llenar datos de la transacción a través de la generación de un código de control y el empleo del código QR.
Con la modalidad de facturación electrónica web se puede enviar datos de una o varias transacciones (fecha, nombre, documento de identificación e importe) para que Impuestos Nacionales complete la información de las facturas (número de autorización, de factura, fecha límite de emisión y código de control). La Administración Tributaria posteriormente devuelve al contribuyente a través de comprobante electrónico, para su emisión y entrega al cliente.
La mayor innovación es la modalidad de facturación electrónica por ciclos, que permite a una empresa sacar un gran lote de facturas y administrar la facturación de manera independiente. El SIN entrega la clave de dosificación para que el contribuyente emita las facturas y, dentro de un período de días, remita los datos de las notas fiscales que se emitieron mediante un comprobante electrónico.
De acuerdo con la explicación del portal boliviaimpuestos.com, están obligados a usar el SFV y dejar la modalidad manual aquellos que tengan tres o más actividades registradas en el padrón, los contribuyentes que facturen más de 1.000.000 bolivianos en un periodo y con más de 20.000 facturas emitidas.
La exigencia también es para los exportadores, los Principales Contribuyente (pricos), Grandes Contribuyentes (gracos) y los que realizan operaciones de comercio electrónico.
De acuerdo con el SIN la principal ventaja de la facturación electrónica es la eliminación de las copias físicas para temas de verificación.
Adicionalmente el sistema implementa mayores mecanismos de seguridad como un código de control, autorización individual por criterios y llave de dosificación, para evitar clonaciones o facturas falsas.
También se puede verificar la validez de las facturas mediante la lectura QR, mecanismo por el cual con un teléfono inteligente, se puede verificar como con un escáner la autenticidad de un documento fiscal.
Otra de las ventajas es que para algunas modalidades los registros son procesados por el SIN automáticamente, sin necesidad de enviar reportes.
Un reciente estudio del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), destaca que la facturación electrónica disminuye costos para los contribuyentes que son grandes emisores de facturas, permite el ahorro de papel, de espacio físico de almacenamiento de documentos por el tiempo requerido por la norma.
Además permite alivianar la obligación de llevar libros de compras y ventas.
En 2007 se aprobó la RND 10-0016-07, que regulaba el Nuevo Sistema de Facturación, también conocido como NSF-07. Con el paso de los años, este modelo fue sufriendo diversas modificaciones, que llevaron a la creación del Sistema de Facturación Virtual (SFV) en 2013. La normativa inicial preveía que esta modalidad sustituyese a la anterior a partir de marzo 2017.
Sin embargo, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) decidió postergar su entrada en vigor de forma indeterminada. La RND 10-0032-14 establece que este sistema no se hará efectivo hasta que no se publique una nueva resolución que lo indique.
Hay que tener en cuenta que la puesta en marcha del SFV afectará al 100 % de las transacciones y será obligatoria para todos los contribuyentes. De ahí, que el SIN decidiese retrasar su adopción con el fin de lograr una aplicación más efectiva. No obstante, las dosificaciones (solicitud de folios) que se realicen ahora serán válidas hasta pasados 180 días desde que entre en vigor el SFV, una fecha aún por determinar.
La RND 10-0032-14 indica también que las facturas que tenían como límite de emisión el 31 de diciembre de 2014 y el 31 de marzo de 2015 se prorrogan hasta el próximo 30 de junio.
Otras indicaciones destacadas que recoge la normativa son las siguientes: el Software Da Vinci continúa vigente hasta la puesta en marcha del SFV, cuando se adoptará el Software Facilito. Los libros de compras y ventas, para Newton y no Newton, seguirán siendo encuadernados, foliados y notariados hasta la implantación del SFV.