De acuerdo el Decreto Supremo 4206, el cual reglamenta la aplicación de la Ley 1294, el diferimiento de pago de créditos de manera automática sólo será hasta mayo, luego de lo cual los clientes de los bancos continuarán con el pago de su cuota de junio y tendrán hasta seis meses luego del fin de la emergencia sanitaria para convenir el pago de las cuotas diferidas, a pesar de que la Ley en sí misma no es clara con el periodo en el cual se establecerá el diferimiento de las cuotas.
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El pasado sábado 2 de mayo, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) en un comunicado recordó que a partir de junio próximo se deben pagar las deudas a las entidades financieras “conforme al cronograma original de la operación crediticia”, lo cual fue duramente criticado por varios sectores y clientes de bancos que dijeron sentirse “traicionados”.
Asimismo, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Choque, indicó que la ASFI estaba haciendo una interpretación equivocada de la norma, mediante la cual se promulgó a inicios de abril para dar un alivio a la población con créditos.
“Están haciendo una mala interpretación de la ley, vamos a mandar a nuestros profesionales para que la expliquen y adecúen porque la población está demandando aquello, de lo contrario no habría ninguna situación favorable para los deudores con esa aplicación que está haciendo la ASFI”, sostuvo Choque, citado en una nota de prensa del legislativo.
Según el Artículo 1 de la Ley 1294, “las entidades de intermediación financiera deben realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses por el tiempo que dure la Declaratoria de Emergencia por la Pandemia del Coronavirus (COVID-19) y otorgando un lapso máximo de hasta seis (6) meses posteriores al levantamiento de la declaración de emergencia”.
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Sin embargo, el Decreto 4206 aclara, en su artículo 2 parágrafo I, que el diferimiento automático de las cuotas se realizará por los meses de marzo, abril y mayo.
ASFI, en respuesta a un cuestionario enviado por Página Siete, aclaró que ninguna de las dos normas establecen un diferimiento de cuotas por 6 meses, indicando que en la Ley 1294 se señala que el diferimiento será sólo “por el tiempo que dure la Declaratoria de Emergencia”, la cual se espera que concluya el 31 de mayo, mientras que en el Decreto Supremo 4206 se dispone que la postergación de pago solo irá por los meses de marzo, abril y mayo.
“Se entiende que en el mes de junio correspondería pagar únicamente la cuota normal que vence en el mes de junio. Las cuotas que fueron diferidas deben pagarse de acuerdo a un nuevo Plan de Pagos”.
Sin embargo, de acuerdo a la diputada Otilia Choque, la Ley 1294 difiere automáticamente el pago de los créditos de los prestatarios por el tiempo que dure la emergencia sanitaria y les da 6 meses adicionales para poder retomar el pago de sus cuotas.
“La Ley dice que todos los ciudadanos que han adquirido un crédito no tendrían que pagar ni interés ni capital por el tiempo que dure la emergencia sanitaria y es más, se les da 6 meses para poder recuperarse, capitalizarse y cumplir con sus obligaciones financieras, lo único que tiene que hacer ASFI es cumplir con la normativa”, explicó la diputada.
La legisladora además indicó que se mandará una petición de informe escrito al director de ASFI y no descarta interpelar al Ministro de Economía, José Luis Parada por vulnerar la norma.
Cabe recordar que un día después de la promulgación de la Ley 1294, el ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, destacó el diferimiento automático y sin pago. “Quienes estaban preocupados de su crédito no tienen que pagar nada, ni siquiera intereses. Una vez suspendido el tema de la cuarentena, tienen hasta seis meses para poder pagar. Creemos que esto es una gran ayuda para el pueblo boliviano”, dijo entonces.
De acuerdo al director de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) Guillermo Romano, hasta el 28 de abril, las entidades financieras han diferido cerca de 700 millones de dólares, correspondientes a las cuotas de marzo y abril de sus clientes.
“El diferimiento ha significado un esfuerzo importante de todo el sistema financiero, de acuerdo al último dato que tenemos, al 28 de abril ya se han diferido cerca de 700 millones de dólares en todo el sistema, son 70 millones que las entidades no han percibido en este tiempo”, explicó Romano.
El director de ASFI reiteró que estos diferimientos no han significado ningún costo adicional a los prestatarios.
Romano indicó que si luego de los tres meses establecidos por el Decreto Supremo 4206 los clientes aún no pueden cumplir con sus obligaciones con los bancos, tienen 6 meses para negociar y establecer un periodo de gracia para volver a pagar las cuotas de sus créditos.
La Confederación Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype) pidió hoy al Gobierno nacional, dar cumplimiento al Decreto 4206 y a la Ley excepcional de diferimiento de pago de créditos que autoriza a los prestatarios no pagar sus deudas ni intereses hasta seis meses después de la cuarentena por covid-19.
El dirigente del Conamype, Néstor Conde, rechazó este lunes la disposición de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) que mediante un circular señaló que desde el próximo mes de junio se deben pagar deudas a las entidades bancarias conforme al cronograma original de la operación crediticia.
“Ni siquiera va a pasar la cuarentena porque vamos a entrar a cuarentena dinámica, ya en el mes de junio empezar a pagar los créditos, realmente ha sido un engaño para toda la población, esto de pagar los créditos no solo va a afectar a los productores, sino a la población en general”, declaró Conde a Radio Fides.
En la ciudad de El Alto, microempresarios y artesanos se declararon en emergencia y aseguraron que no podrán generar ingresos para poder pagar sus créditos bancarios desde junio.
Juan Carlos Apaza, ejecutivo regional de los microempresarios, lamentó que en el país se piense más en las entidades bancarias que en los pequeños productores.
Los microempresarios consideraron una burla el comunicado de ASFI, porque anteriormente las autoridades gubernamentales habían anunciado que el diferimiento de cuotas sería de seis meses más posteriores a la conclusión de la cuarentena y no así que los pagos sean desde junio.