El Decreto Supremo 2310, aprobado el pasado miércoles 25 de marzo establece que «Las mujeres que desarrollan actividades en el sector productivo, en áreas rural y urbana, podrán acceder a préstamos bajo el producto denominado Crédito Productivo Grupal para la Mujer”.
La norma instituye también que esos préstamos deben ser aprobados en el marco del fideicomiso para el desarrollo productivo, autorizado por el Decreto Supremo 29145 del 30 de mayo de 2007.
El artículo 4 del Decreto Supremo 29145 señala que los recursos del fideicomiso serán destinados al otorgamiento de créditos para el financiamiento de iniciativas productivas enmarcadas en los sectores y complejos priorizados a una tasa de interés anual del 6%.
Los ministros de Planificación del Desarrollo y de Economía y Finanzas Públicas serán los encargados de la ejecución y cumplimiento del Decreto 2310.
La norma se suma al Decreto 2055 aprobado el 9 de julio pasado, que establece techos máximos de tasas de interés para el sector productivo, según el tamaño de las unidades empresariales: grandes y medianas empresas, 6%; pequeña empresa, 7%, y microempresa, 11,5%.
El Gobierno anunció que a partir de la vigencia de las tasas de interés reguladas se espera triplicar, en cinco años, los créditos productivos y llegar a 9.000 millones de dólares.